El modelo 600 debe presentarse en la compraventa de participaciones sociales según está indicado en la Ley, por lo que conviene analizar qué es este modelo y quién tiene la obligación de presentarlo.
Cuando se produce la venta de sociedades limitadas el objetivo es saltarse los trámites de constitución de una sociedad. No obstante, hay que tener en cuenta que con el propio traspaso, se generan nuevas obligaciones que no se pueden pasar por alto.
Así que la presentación del modelo 600 es uno de los aspectos legales de las sociedades limitadas preconstituidas, que en este caso, aplica cuando se produce la compra de la sociedad.
Por lo tanto, en este artículo, vamos a darte toda la información que necesitas sobre el modelo 600, además de poner sobre la mesa las ventajas que tiene comprar una sociedad limitada preconstituida de la mano de nuestros profesionales de SBM sociedades.
¿Qué es y para qué sirve el modelo 600?
El modelo 600 es el formulario fiscal a través del cual se presenta el ‘Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en España’.
Por lo tanto, a través de dicho instrumento es como se registra las operaciones en las que se transmite un bien, un derecho, o se formaliza un acto jurídico, por lo que en él se incluyen tanto transacciones entre particulares, como aquellas que se llevan a cabo en el ámbito mercantil o societario.
De esta forma, su uso recae sobre aquellas operaciones que, en función de la naturaleza del negocio, generan una obligación tributaria cuyo cálculo se realiza considerando el valor del bien o derecho, aplicando las tarifas y reducciones estipuladas en la normativa vigente en cada comunidad autónoma.
Así que la utilidad del modelo 600 se extiende a la adquisición de inmuebles, la compra de vehículos de segunda mano, o la formalización de contratos de arrendamiento, entre muchos otros.
En el caso de las operaciones societarias, como la constitución, la ampliación, la disolución de capital, o como estamos estudiando en este caso, la compraventa de participaciones sociales, se debe abonar el tributo derivado de la transmisión de derechos o bienes.
El documento recoge todos los datos relativos tanto al sujeto pasivo, que generalmente es la persona que adquiere el bien o el derecho, como de la persona que lo traspasa, además de la información del documento que ampara la operación.
Cada comunidad autónoma dispone de competencias para regular y gestionar este tributo, lo que implica que las tarifas y el procedimiento pueden variar bastante según el territorio donde se realiza la operación.
¿Por qué hay que presentar el modelo 600 en la compraventa de participaciones sociales?
La compraventa de participaciones sociales genera la obligación de presentar el modelo 600 debido a la naturaleza fiscal de la operación, que como hemos visto se encuadra dentro del ‘Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados’.
En la transferencia de participaciones, el contribuyente, que generalmente actúa como adquirente, debe registrar la operación mediante este formulario, para que la Administración Tributaria pueda controlar y liquidar el gravamen que resulta de la transmisión del derecho de propiedad sobre dichos valores.
De hecho, esta obligación se fundamenta en el texto refundido del impuesto, cuyo marco normativo establece que toda operación sujeta a la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas debe dejar constancia de la transacción, aún cuando ciertas operaciones puedan beneficiarse de regímenes especiales o de exenciones parciales en determinadas circunstancias.
No obstante, el régimen fiscal aplicado a la compraventa de participaciones sociales se diferencia del que se utiliza en la transmisión de inmuebles u otros activos, dado que el hecho generador se determina mediante el acuerdo alcanzado entre las partes y la formalización de la operación.
El plazo para la presentación de este modelo se fija en treinta días desde la formalización del acto o contrato, y su incumplimiento acarrea la aplicación de recargos e intereses de demora.
La gestión del trámite puede realizarse tanto en modalidad presencial, acudiendo a las delegaciones de Hacienda, como por medio de las plataformas telemáticas que actualmente están disponibles gracias a la digitalización de los procedimientos fiscales.
¿Quién realiza la presentación del modelo 600 en la compraventa de las participaciones de una sociedad limitada?
El comprador de participaciones sociales es quien asume la obligación de presentar el modelo 600 en las operaciones de compraventa de una sociedad limitada.
La normativa fiscal vigente establece que el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados se autoliquida en el momento en que se formaliza la operación.
En la venta de participaciones sociales, el comprador registra el precio pactado y la proporción que representa sobre el total del capital social, lo que da lugar al devengo del impuesto.
De hecho, la legislación fiscal define al sujeto pasivo del tributo como quien obtiene el derecho de propiedad sobre las participaciones, y en consecuencia, el comprador actúa como responsable de la autoliquidación.
Pero como el servicio que ofrecemos en SBM Sociedades se orienta precisamente a simplificar la compraventa de sociedades limitadas, la presentación del modelo 600 se integra dentro de las tareas que nosotros realizamos.
Dicho de otro modo, nuestros profesionales de SBM Sociedades asumen la responsabilidad de gestionar el trámite, para que el comprador disponga de un soporte especializado en materia fiscal.
De esta forma, te quitamos un peso más de encima y te garantizamos que la operación se formaliza cumpliendo con los requerimientos legales, y que el cálculo del tributo se efectúa conforme a los criterios establecidos por la legislación.
Así que si quieres que te atendamos de forma personalizada para empezar a trabajar juntos o para que te resolvamos alguna duda, contacta con nosotros.