Gran parte de las personas que contactan con SBM Sociedades buscan asesoramiento y consejo para desempeñar y gestionar de la mejor forma su negocio. Por esta razón, el artículo de hoy está dedicado a aquellos socios que forman parte de una empresa familiar y necesiten de algún apunte o aclaración sobre el protocolo familiar y la figura del “consejo de familia”.

Desde hace algunos años, muchas empresas familiares disponen de lo que se denomina un protocolo familiar. Como ya debe saber,  las relaciones laborales en la empresa familiar deben estar regidas por un protocolo que las regule, el protocolo familiar.

¿Qué es un Protocolo Familiar?

El protocolo familiar es un instrumento que regula las relaciones entre socios (o incluso entre socios y familiares no socios) que inciden en la sociedad. Se trata de un conjunto de pactos o códigos de conducta que suscriben los miembros del grupo familiar, tanto los presentes como los previsibles en el futuro, para garantizar la continuidad y permanencia de la empresa.

La finalidad más habitual que suele perseguirse a través de la implementación de este protocolo es establecer de forma clara y concisa cuales van a ser los derechos y las obligaciones de los socios que componen la sociedad de carácter familiar.

De esta manera, este documento puede plasmar intenciones como la toma del relevo de la empresa por parte de un determinado miembro de la familia o el establecimiento de participaciones minoritarias a la familia o hijos.

¿Qué es el “Consejo de Familia”?

El protocolo familiar también puede crear la figura de un “consejo de familia” o “consejo consultivo” y fijar los requisitos para formar parte de éste.

Es el órgano en el que la familia define y toma decisiones estrictamente sobre aquellos aspectos que se refieren a su relación con la empresa. Este consejo es el máximo órgano de gobierno de las familias empresariales y puede intervenir en las siguientes cuestiones:

  1. Formación de directivos: el consejo puede establecer qué formación y experiencia deben reunir quienes tomen cargos directivos en la empresa o decretar la política de retribución.
  2. Acuerdos prematrimoniales: para garantizar que las acciones de la empresa no se conviertan en moneda de cambio en caso de posibles divorcios futuros, este órgano también puede asesorar a la familia en la composición de acuerdos prematrimoniales.
  3. Política de ayudas: el consejo también puede implantar ayudas para miembros de la familia que deseen establecer sus propios negocios, etc.
  4. Preservar la propiedad: con el fin de impedir que la compañía deje de pertenecer a la familia en futuras generaciones, el consejo también se puede ocupar de la gestión de la compra de las participaciones que deseen vender los familiares.

Si necesita asesoramiento sobre este tema o está interesado en información más detallada y personalizada, no dude en acudir a SBM Sociedades. Si contacta con nosotros le responderemos todas las dudas y le propondremos soluciones para su situación.