Gran parte de las personas que contactan con SBM Sociedades son emprendedores que necesitan asesoramiento y/o consejo sobre cómo empezar y plantear su negocio. Otros, lo tienen más claro y están interesados en la compra de sociedades preconstituidas, ya que es la manera más rápida y cómoda de disponer de una sociedad. Esta semana desde SBM Sociedades, teniendo en cuenta que este es el mes indicado, os traemos este artículo sobre el Impuesto de Sociedades.

¿Qué es el Impuesto de Sociedades?

El Impuesto de Sociedades es un impuesto personal y directo que grava la obtención de renta por parte de sociedades y otras entidades jurídicas que se encuentren en territorio español incluidas sociedades civiles con objeto mercantil, asociaciones y fundaciones.

Se podría decir que es parecido al IRPF, pero la diferencia radica en que el IRPF grava la renta de personas físicas, mientras que el Impuesto de Sociedades grava la renta de las personas jurídicas. Es de los principales impuestos que grava la actividad de los empresarios, pieza clave en la toma de decisiones, como el comienzo de una actividad o la decisión de constituir una sociedad y de qué tipo.

Este tipo de impuesto implica un conjunto de obligaciones formales que se deben cumplir. Para determinar la base imponible y el pago anual, se debe tener en cuenta que el Impuesto de Sociedades se estructura en torno a la contabilidad y la determinación del resultado contable de la sociedad.

Es importante que autónomos que hayan creado, generalmente, sociedades civiles, limitadas y anónimas, tengan en cuenta este tipo de impuesto. Es obligado llevar a cabo una contabilidad mercantil para su tramitación, por eso suele ser un proceso laborioso.

¿Cómo se estructura?

Sujeto Pasivo: lo constituyen las sociedades de capital, entidades con personalidad jurídica propia y responsabilidad limitada de los socios.

Base imponible: se acerca al beneficio contable, es decir, es la suma de ingresos netos y variaciones patrimoniales.

Tipo impositivo: el tipo aplicable en los impuestos sobre sociedades, generalmente, es fijo y no depende del nivel de base imponible. Por lo tanto, constituye un impuesto de carácter proporcional.

¿Cómo puedo calcular la base imponible y la cuota del Impuesto de Sociedades?

La diferencia entre los ingresos y los gastos obtenidos en el ejercicio dan paso al resultado contable, a partir del cual podemos empezar a calcular.

Puede ser necesario realizar unos ajustes extracontables a este resultado contable debido a las diferencias existentes entre el criterio de cálculo para el resultado contable y el de la base imponible del Impuesto de Sociedades, definidos por Hacienda.

Dichas diferencias pueden ser de calificación, de valoración o de imputación, tanto positivas como negativas, temporarias o permanentes. Las diferencias temporarias se basan en ejercicios anteriores, a diferencia de las permanentes que solo influyen en ese ejercicio, por tanto, no requieren de ningún crédito o débito con la Administración Tributaria para su reversión en ejercicios anteriores.

Se debe tener en cuenta que hay, por ejemplo, conceptos como multas o sanciones administrativas que no son gastos deducibles fiscalmente y, por ello, son necesarios los ajustes extracontables. Se debe corregir ese resultado contable para eliminar el gasto a la hora de presentar la declaración del impuesto, puesto que nos veremos ante una diferencia entre la calificación normativa fiscal y la contable que será permanente.

De este modo, obtendremos la renta del ejercicio o base imponible previa, que compensará la diferencia pendiente de ejercicios anteriores y nos llevará a la obtención de la cuota íntegra o cantidad a pagar, de la que se deducirán posibles deducciones, bonificaciones y pagos a cuenta.

Si está interesado en información más detallada sobre la constitución de sociedades y los impuestos de éstas, no dude en contactar con SBM Sociedades. Le ayudaremos en todo lo que necesite y le proporcionaremos las mejores soluciones en el acceso rápido y confiable a una amplia oferta de sociedades limitadas o anónimas urgentes.