La situación de excepcionalidad actual debida al COVID-19 o coronavirus, ha llevado a muchos empresarios a sufrir falta de liquidez y la necesidad de créditos o avales contra el COVID19. Por este motivo, desde SBM Sociedades le explicamos hoy todo lo que necesita saber sobre las líneas de Crédito ICO y sus líneas de Avales contra el Covid19 para empresas y autónomos.
Préstamos y Avales contra el COVID19 para empresas y autónomos
Para hacer frente al impacto social y económico del COVID-19, recientemente se publicó la Resolución de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la empresa, por la cual se especifican las características del primer tramo de la línea de avales del Instituto de Crédito Oficial o ICO para empresas y autónomos.
Estas líneas de avales forman parte de las anunciadas en el Real Decreto Ley 8/2020, por las que se aprueba una línea de avales para empresas y autónomos de 100.000 millones de euros; los Acuerdos de Consejo de Ministros de 24 de marzo, de 10 de abril , de 5 de mayo y de 19 de mayo establecen la activación de cuatro tramos de la Línea que se han distribuido de la siguiente forma:
- Pymes y autónomos:000 millones de euros
- Empresas no pymes: 000 millones de euros
Avales Covid-19: ¿En qué consisten?
Estos avales consisten en una ayuda que el Estado aporta a través del ICO, para que autónomos y pymes que necesiten financiación de entidades bancarias y financieras puedan cubrir sus necesidades de liquidez que la situación del COVID-19 hayan podido ocasionar.
Importante: Esta medida NO significa que el ICO ofrezca de préstamos en condiciones especiales para empresas y autónomos. Se trata de una oferta de avales públicos para que empresas y autónomos tengan más facilidades a la hora de solicitar y obtener préstamos o financiación de sus entidades bancarias.
¿Quién puede pedir estos Avales?
Cualquier empresa o autónomo, independientemente de la actividad que realice, puede acceder a esas líneas de Avales COVID-19 siempre y cuando reúna los siguientes requisitos:
- El domicilio social en España.
- Se haya visto afectado económicamente por la situación generada por el COVID-19.
- No figure como moroso en los ficheros de la Central de Información de Riesgos del Banco de España, a fecha de 31 de diciembre de 2019.
- No esté en un procedimiento de concurso de acreedores a fecha de 17 de marzo de 2020.
¿Cuál es el importe máximo de los préstamos?
El importe máximo es de 1,5 millones de euros por empresa o autónomo, sea en una o más operaciones de préstamo, y según la legislación europea sobre límites de ayudas que puede recibir una pyme.
En los casos de préstamos por encima de 1,5 millones de euros, también será la legislación europea la que limitará el importa a recibir.
Cobertura de la garantía
Las líneas de Avales COVID-19 cubrirán el importe del préstamo principal y de las renovaciones pedidas con las siguientes limitaciones:
- PYMES y Autónomos: Hasta el 80% del importe solicitado.
- Grandes empresas: Hasta el 70% para préstamos y el 60% para las renovaciones.
Dónde solicitar préstamos y avales por el COVID-19
Para solicitar préstamos y avales debe dirigirse a cualquier entidad financiera con la que el ICO tenga suscritos acuerdos de colaboración
Puede consultar aquí el listado de entidades financieras colaboradoras del ICO.
Plazos de los avales Covid-19
Podemos distinguir 2 plazos: un plazo para la vigencia propia del aval, y otro para efectuar la solicitud. Concretamente los plazos serían:
Plazo de vigencia del aval: La duración del aval será igual a la del préstamo concedido, con un plazo máximo de 5 años.
Plazo de solicitud: El plazo establecido para solicitar los avales del primero de los 4 tramos, permite hacerlo hasta el 30 de septiembre de 2020, o hasta que se agoten.
¿Cómo solicitar un préstamo o un aval para empresas y autónomos por COVID19?
El procedimiento seguirá los mismos 3 pasos que se realizan siempre para solicitar un préstamo bancario, independientemente de si es un autónomo o una empresa:
- Solicitud del préstamo o aval a la entidad financiera.
- Estudio de su viabilidad.
- Firma del acuerdo.
Una vez aceptado y aceptada la financiación, el banco será el responsable de la gestión con el ICO de la solicitud del aval.
Así pues, la empresa o autónomo no deben realizar ninguna solicitud directamente al ICO, sino que será la entidad financiera la encargada de dicha gestión.
Obligaciones y compromisos de las entidades bancarias y financieras
Bancos y entidades financieras se comprometen principalmente a:
- Mantener los mismos costes que los aplicados con anterioridad del inicio de la crisis del COVID-19, para nuevos préstamos.
- Al menos hasta el 30 de septiembre de 2020, a mantener los límites de las de circulante ya concedidas a los clientes, especialmente a aquellos cuyos préstamos se avalen en estos momentos.
¿Tiene aún dudas sobre cómo optar a los préstamos y avales para empresas y autónomos contra el Covid19? Contáctenos y pondremos a su disposición nuestros asesores. En SBM Sociedades, como expertos en constitución y venta de sociedades urgentes en toda España, seguro le podemos ayudar.