El Cierre trimestral es para muchos autónomos un dolor de cabeza, y calcular el IVA trimestral para saber si toca a pagar o a recibir puede ser una buena forma de anticiparnos a futuros costes. Por este motivo hoy desde SBM Sociedades, su empresa especialista en constitución y venta de sociedades en Barcelona y Madrid le explicamos cómo calcular el Iva trimestral para poder estimar si le tocará pagar o recibir.
Estimar el IVA de la próxima declaración
Lo primero que debe saber el autónomo es que no existe forma de conocer por adelantado el importe exacto que se pagará en la siguiente declaración. Esto se debe a que cualquier gasto o factura de ingreso que se realice tras la estimación alterará el resultado de la liquidación. Por este motivo, para calcular el IVA trimestral para saber si nos tocará a pagar o recibir y realizar una estimación correcta, el cálculo se deberá realizar lo más cerca de la fecha de cierre.
Aquellos casos en los que un autónomo trabaje para pocos o para un solo cliente, y los gastos e ingresos derivados de dicha actividad sean pocos y previsibles, será más fácil estimar de forma muy aproximada el resultado que se obtendrá de la próxima liquidación.
Dicho esto, y en cualquier caso, estimar el resultado es posible, además de muy práctico para realizar una previsión sobre posibles desembolsos a realizar en la próxima declaración.
Calcular el IVA repercutido
Para calcular el Iva trimestral y saber si nos tocará a pagar o a recibir, lo primero que deberemos hacer es calcular el IVA repercutido.
El IVA repercutido representa el impuesto que nuestros clientes nos han pagado a lo largo del trimestre.
Cómo calcular la cuota del IVA repercutido paso a paso
Deberemos multiplicar e Iva correspondiente (4%, 10% o 21%) al precio del producto. Veámoslo con un ejemplo de un autónomo que vende muebles:
“Eres un autónomo y te compran un sillón por valor de 1.000 euros, al cual le debes multiplicar el IVA correspondiente (21% en este caso), siendo 1210 el precio final. Así, 210 euros serán la cuota de IVA repercutido.”
Si sabemos todos los productos y/o servicios que hemos vendido a lo largo del trimestre, como autónomos podremos calcular el IVA de cada uno de ellos y sumar todos los importes. El resultado de dicha operación será el total del IVA repercutido.
Calcular el IVA soportado
Una vez realizado el cálculo del total del IVA repercutido, deberemos realizar el cálculo del IVA soportado.
El IVA soportado representa el impuesto que, nosotros como autónomos, hemos pagado al comprar cualquier producto relacionado con nuestra actividad.
Cómo calcular el IVA soportado paso a paso
Para realizar este cálculo deberemos reunir todas las facturas de compras relacionadas con nuestra actividad a lo largo del trimestre. Una vez reunidas, multiplicaremos el IVA correspondiente al precio del producto que hayamos comprado. Veámoslo con el ejemplo del autónomo anterior:
“Nosotros compramos unos muebles por valor de 5.000 euros para después venderlos en nuestro establecimiento. Así, el IVA será el resultado de multiplicar el 21% por el producto. El precio final del producto adquirido valdría 6.050 euros, siendo 1.050 la cuota de IVA soportado”.
Tal y como hicimos con el IVA repercutido, con el IVA soportado deberemos realizar la suma de todos los importes para la actividad. El resultado de dicha operación será el total de IVA soportado.
Cómo calcular el resultado de la próxima declaración
Una vez tengamos el resultado de ambas operaciones, y dispongamos del total de IVA repercutido y el total de IVA soportado, podremos realizar una estimación del resultado de la próxima declaración. Es tan sencillo como restar las compras a las ventas:
IVA repercutido – IVA soportado = Resultado de la liquidación.
Siguiendo con el ejemplo del autónomo que vende muebles, el resultado de la liquidación quedaría asÍ:
“210 euros (de IVA repercutido en ventas) – 1.050 (de IVA soportado en compras) = – 840 de resultado de la liquidación.
Como el resultado es negativo, Hacienda deberá devolverle al autónomo, ya que durante el trimestre habrá gastado más IVA del que ha ingresado”.
IMPORTANTE: Antes de realizar cualquier operación, es fundamental asegurarse del IVA l que está sujeto cada una, ya que no todas tienen el mismo; según la tipología del producto, el tipo de IVA será distinto, pudiendo ser del 21%, del 10% o del 4%.
Si tiene alguna duda sobre cómo realizar el IVA trimestral, desde SBM Sociedades ponemos a disposición de nuestros clientes servicios de gestión contable y asesoría fiscal, por lo que no dude en contactar con nosotros. Como empresa experta en constitución y venta de sociedades mercantiles en Barcelona y Madrid, seguro le podemos ayudar con su sociedad.