¿Ha recibido desde su sociedad un aviso de la Agencia Tributaria informando sobre un cambio que se producirá en la Dirección Electrónica Habilitada? Desde SBM Sociedades, su empresa especializada en la venta de sociedades limitadas, le contamos en qué consiste este nuevo cambio de dirección, qué debe hacer y cómo hacerlo. 

 

¿Cómo funcionaba el sistema de notificaciones hasta ahora?

Hasta la nueva modificación, la Agencia Tributaria al enviar una notificación por vía electrónica, la enviaba directamente a la Dirección Electrónica Habilitada, lo que significa que las personas que recibían la notificación debían entrar en notificaciones.060.es para ver el contenido. 

Es necesario saber que, si pasados diez días desde la notificación el contribuyente no abre dicha notificación, ésta se da por notificada. 

Para abrir dicha notificación existen dos vías: 

  1. Acceder al portal 060 en el cual se reciben diferentes notificaciones de muchas Administraciones. 
  2. Si se trata de una notificación de Administraciones no adscritas al 060, el contribuyente debería entrar regularmente en su portal.

Por lo tanto, hasta el momento si previamente el contribuyente había configurado su mail a través de su certificado electrónico, el contribuyente recibía un correo electrónico avisando que acababa de recibir una notificación y que disponía de 10 días para su apertura. 

Nueva Dirección Electrónica

 

¿Cómo funcionará ahora?

El pasado 6 de septiembre de 2021 entró en vigor el artículo 42 del RD 203/2021 que regula que todas las administraciones de ámbito estatal deberán emitir sus notificaciones electrónicas en el Dirección Electrónica Habilitada Única. 

Esto significa que, para recibir el aviso de la notificación por mail, se deberá entrar en la nueva dirección habilitada única y configurar o comunicar nuevamente la dirección del correo en la que se desea recibir los avisos. 

Para realizar esta configuración simplemente deberá acceder en https://dehu.redsara.es/ con su certificado electrónico y acceder al apartado de “Datos Personales” para indicar el mail en el que quiere que se envíe el aviso de la notificación. 

Debemos recordar que realizando este cambio únicamente se recibirán por mail aquellas notificaciones que usen el portal DEHU.

Sin embargo, ante la importancia de este cambio la Agencia Tributaria ha establecido un periodo transitorio que afectará únicamente a sus notificaciones hasta el próximo 4 de abril de 2022. Por lo tanto, a partir del 4 de abril únicamente emitirá las notificaciones electrónicas a la nueva Dirección Electrónica Habilitada Única. 

Agencia Tributaria

 

Importancia de la apertura periódica de las notificaciones

Como hemos mencionado anteriormente, aún haber configurado una dirección de correo electrónico para recibir el aviso de notificaciones, si por cualquier razón no se accede al portal, transcurridos los 10 días desde la notificación se dará por comunicada dicha notificación. 

Es por esta razón que desde SBM Sociedades le recomendamos consultar regularmente la Dirección Electrónica Habilitada para comprobar que no se haya recibido ninguna notificación. 

Recordamos que los obligados a comunicarse electrónicamente con la administración pública y a recibir las notificaciones serán los siguientes: 

  • Sociedades Anónimas y Sociedades Limitadas
  • Personas Físicas que para su ejercicio laboral se requiera colegiación obligatoria. 
  • Representantes Físicos o Jurídicos obligados a recibir notificaciones. 
  • Comunidades de bienes. 
  • Comunidades de propietarios. 
  • Sociedades cuyo NIF comiencen por la letra V. 
  • Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español. 
  • Unión Temporal de Empresas. 
  • Contribuyentes inscritos en el registro de grandes empresas. 
  • Contribuyentes que tributen por el régimen de consolidación fiscal del Impuesto de Sociedades. 
  • Contribuyentes que tributen en el régimen especial del grupo de entidades del IVA. 
  • Contribuyentes inscritos en el Régimen de Devolución Mensual del IVA (REDEME).
  • Contribuyentes con la autorización para la presentación de declaraciones aduaneras mediante el sistema de transmisión electrónica de datos. (EDI). 

 

Desde SBM Sociedades esperamos que le haya resultado útil este artículo. No olvide que si necesita adquirir una sociedad limitada, en SBM Sociedades ofrecemos Sociedades Limitadas ya constituidas. 

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