En el presente año 2022 se han aplicado diversos cambios que han afectado a autónomos y pymes, pero eso no es todo, ya que se esperan más novedades para el año 2023. Hoy, desde SBM Sociedades, su empresa especializada en la venta de sociedades, le contamos en qué consisten todos estos cambios.

Paquete de medidas para 2023

Este 2023 se entrarán en vigor diferentes medidas legislativas y cambios tributarios que tendrán una incidencia directa en autónomos y pymes, estos son:

Cuota de autónomos en función de sus ingresos reales

Entrando en vigor a partir del 1 de enero de 2023, finalmente, los autónomos empezarán a cotizar en función de sus ingresos reales. Este nuevo sistema de cotización, logrado después de un año de arduas negociaciones, consistirá en un modelo progresivo de cuotas que se desarrollará en los próximos 3 años, hasta implementarse por completo el año 2025.

Cuotas mínimas y máximas del modelo progresivo de cuotas a aplicar los próximos 3 años:

  • 2023: De 230 a 500 euros
  • 2024: De 225 a 530 euros
  • 2025: De 200 a 590 euros

De marcado carácter redistributivo, este nuevo sistema de cotización pretende equilibrar los importes de las cuotas.  Los que generan menos ingresos pagarán menos mientras que la cuota se incrementará para los que ganen más.

Se han predefinido 15 tramos de cotización para que cada autónomo se inserte en uno de ellos en función de su previsión de ingresos. A final de año se tendrán que regularizar devolviendo o reclamando las respectivas cuotas en base a los rendimientos netos definitivos.

Tarifa plana de 80 euros

Tal y como indica la disposición quinta del Real Decreto-Ley 13/2022, la “tarifa reducida” fija la cuota mínima a un coste fijo de 80 euros mensuales durante el primer año, optando a ser prorrogada un segundo año, si se certifican unos ingresos netos por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Posteriormente se pasará a formar parte del sistema de cotización por tramos en función de los ingresos reales.

Medidas fiscales para autónomos y pymes

Con el fin de rebajar la carga tributaria sobre autónomos y pymes, el Gobierno de España aprobó el pasado mes de septiembre una serie de disposiciones recogidas en el plan fiscal. En primera instancia, se rebajará el IRPF de los autónomos aplicando las siguientes diligencias:

  • Elevación de un 5% del rendimiento neto de módulos para autónomos, que permite tributar a la Seguridad Social una cuantía fija mensual en base a unos indicadores predefinidos y no en función del balance de ingresos/gastos.
  • Aumento del 5% al 7% sobre la reducción para gastos deducibles en el marco del Régimen de Estimación Directa Simplificada.
  • Prórroga de 1 año para los límites vigentes de exclusión en el sistema de módulos, para habilitar la posibilidad de que más contribuyentes puedan adherirse a este sistema.

Por último, se aplicará la siguiente rebaja en el Impuesto sobre Sociedades (IS) a la pymes:

  • Reducción del 25% al 23% del tipo nominal del Impuesto sobre Sociedades para todas las pymes con un nivel de facturación inferior a 1 millón de euros.

Acceso al Ingreso Mínimo Vital 

A partir del siguiente año será compatible percibir el Ingreso Mínimo Vital (IMV) con los ingresos procedentes de rentas de trabajo o de la actividad económica por cuenta propia. Con el fin de mejorar la oportunidades reales de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias de la prestación, se aprobó el Real Decreto 789/2022, de 27 de septiembre, para la aplicación de dichas modificaciones.

Además, los Presupuestos Generales del Estado aprobados para el año 2023 (PGE) incluyen una revaloración de todas las prestaciones y pensiones de la Seguridad Social según el IPC, suponiendo esta actualización un incremento del 8,5% del Ingreso Mínimo Vital para todos sus beneficiarios.

Kit digital para autónomos

Con ayudas de máximo 12.000 euros, el programa Kit Digital para la mejora de la digitalización de autónomos y pymes pretende ser un motor dinamizador para la resiliencia económica española e incrementar su competitividad.

En el marco de este programa se ofrecen una gran variedad de recursos digitales como la creación de páginas web, presencia en Internet, comercio electrónico, gestión de redes sociales, facturas electrónicas, ciberseguridad… y muchos otros beneficios.

Obligatoriedad de la factura electrónica 

Posteriormente a la aprobación de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, será de obligado cumplimiento la emisión de facturas electrónicas en todas aquellas operaciones entre autónomos y empresas.

Se han establecido dos plazos distintos para facilitar la adaptación de los autónomos a este mecanismo de facturación electrónica.

  • Período de 1 año para autónomos y empresas con una facturación anual superior a los 8 millones de euros.
  • Período de 2 años para autónomos y empresas con una facturación anual inferior a los 8 millones de euros.

Este nuevo sistema de facturación aporta también numerosos beneficios para los autónomos, entre los cuales destacamos:

  • Reducción de costes, siendo las facturas electrónicas más baratas que las tradicionales.
  • Eliminan el papel y contribuyen a mejorar el medio ambiente.
  • Agilizan el proceso de cobro.
  • Aumentan el control sobre la trazabilidad de las transacciones.
  • Facilitan el trabajo administrativo ya que son más fáciles de archivar y recopilar.

El incumplimiento de las disposiciones aprobadas en la Ley 18/2022 de creación y crecimiento de empresas, puede suponer en los casos calificados como muy graves sanciones de hasta 700.000 euros o el equivalente al 7% del volumen de negocios total durante el ejercicio precedente.

Desde SBM Sociedades queremos ofrecerle información relevante y actualizada que pueda ser de interés para la gestión de su negocio. Si está pensando comprar o constituir una sociedad, póngase en contacto con nosotros. Nuestro equipo de profesionales con más de 12 años de experiencia le asesorará en todo aquello que necesite.