En la constitución de empresas a modo de franquicia, una duda recurrente es la de qué forma jurídica es mejor para una franquicia. Por este motivo desde SBM Sociedades, como expertos en venta de sociedades urgentes en España, te aclaramos qué forma jurídica es mejor para constituir una franquicia.

CRITERIOS A TENER EN CUENTA PARA ELEGIR LA FORMA JURÍDICA DE UNA FRANQUICIA

La forma jurídica es un factor que debemos analizar y estudiar con detenimiento antes de crear una franquicia, ya que en función a las características de la misma funcionará mejor un tipo de forma jurídica u otro. 

Otros aspectos fundamentales a tener en cuenta en la elección de la forma jurídica de la franquicia serán:

  • El tipo de actividad a desarrollar, ya que según la normativa existen actividades que exigen constituir la sociedad bajo una forma jurídica concreta para esa actividad.
  • El número de personas que intervienen en la sociedad.
  • La responsabilidad de los promotores, ya sea limitada al capital social o ilimitada.
  • Las necesidades económicas del proyecto, ya que cada forma jurídica requiere un capital mínimo para su constitución.
  • La fiscalidad, ya que es fundamental prever los futuros costes fiscales y los resultados.

Entonces, para elegir correctamente la forma jurídica de nuestra franquicia, es imprescindible entender las distintas formas jurídicas que podemos escoger, así como sus características y requisitos. Veámsoslas a continuación. 

 

EMPRESA INDIVIDUAL

El término empresario individual hace referencia a aquella persona física que realiza en nombre propio, y a través de una empresa, una actividad comercial, profesional o industrial. Los requisitos para ejercer como empresario individual son:

  • Ser mayor de edad.
  • Tener libre disposición de sus bienes.

El empresario individual tributa a través del IRPF, y podrá acogerse al régimen Simplificado para empresarios individuales, hecho que conlleva unas obligaciones contables y registrales menores.

VENTAJAS 

La principales ventajas de la empresa individual son:

  • Independencia del empresario, ya que puede tomar decisiones sin el consentimiento de otros socios.
  • Facilidad en la constitución,  ya que esta forma es una solución simple y económica con trámites sencillos en la constitución.
  • Propiedad íntegra de la totalidad de los beneficios obtenidos.
  • No implica ningún capital mínimo de constitución.

INCONVENIENTES

La empresa individual presenta también algunos inconvenientes:

  • Aumento de las cargas impositivas (IRPF) en función del aumento del beneficio.
  • Responsabilidad del empresario con su patrimonio empresarial y personal ante posibles pérdidas.

 

Forma Jurídica Para Constituir Una Franquicia Sbm Sociedades

SOCIEDADES MERCANTILES

El artículo 1665 del Código Civil describe la sociedad como:

“Contrato por el cual dos o más personas se obligan a poner en común dinero, bienes o industria, con ánimo de partir entre sí las ganancias”.

Así, para que una sociedad sea considerada sociedad mercantil deberá comprender cualquiera de las formas jurídicas contempladas en el Código de Comercio:

  • Sociedad Anónima. 
  • Sociedad de Responsabilidad Limitada. 
  • Sociedad Anónima Laboral.
  • Sociedad Colectiva.
  • Sociedad Comanditaria.
  • Sociedad Cooperativa.

Entonces, de todas las sociedades mercantiles, ¿qué forma jurídica es la más adecuada para una franquicia? Como ya hemos comentado anteriormente, las características y requisitos de cada una de estas formas jurídicas determinará aquella que mejor se adapte a nuestras necesidades y a las de nuestra franquicia. Veamos en profundidad aquellas que se eligen con mayor frecuencia a la hora de constituir una franquicia.

 

SOCIEDAD ANÓNIMA

Una Sociedad Anónima es aquella sociedad de tipo capitalista en la cual el capital social se divide en acciones, transmisibles, y en la que los socios no responden personalmente ante posibles deudas sociales.

El capital social mínimo de constitución para este tipo de sociedades es de 60.000€, y el número mínimo de socios para su constitución es de 1 socio. La Sociedad Anónima tributará a través del Impuesto de Sociedades, sin posibilidad de acogerse al Régimen Simplificado.

VENTAJAS

  • Mayor volumen inicial de recursos, ya que su capital mínimo de constitución es de 60.000€.
  • Responsabilidad limitada al capital aportado.

INCONVENIENTES

  • Rigidez funcional y organizativa.

 

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Una S.R.L. es aquella sociedad capitalista en la cual el capital social está formado por las aportaciones de los socios y se divide en participaciones indivisibles y acumulables.  Este tipo de sociedad es la se utiliza con mayor frecuencia para la constitución de las pymes.

Para esta forma jurídica, el capital social mínimo para la constitución será de 3.000€, y la responsabilidad de los socios estará limitada al capital aportado, no respondiendo así personalmente de las posibles deudas sociales. Además, este tipo de sociedad tributará a través del Impuesto de Sociedades.

VENTAJAS

  • Capital inicial de constitución asequible
  • Responsabilidad limitada al capital aportado
  • Posibilidad de aplicar deducciones en gastos derivados de la actividad empresarial.

INCONVENIENTES

  • Limitación a la libre transmisión de las participaciones sociales.

 

Siendo esta forma jurídica una de las más elegidas para la constitución de nuevas empresas, en SBM Sociedades ofrecemos la posibilidad de comprar una sociedad limitada preconstituida en España, con garantía de inactividad y carencia de deudas, desde solo 1.390€.

Sbm Constitución De Sociedades Formas Jurídicas

No dude en contactar con nuestro equipo si quiere saber más sobre nuestras sociedades disponibles, o tiene alguna duda sobre qué forma jurídica elegir para su negocio. 

En SBM Sociedades contamos con más de 14 años de experiencia en la venta de sociedades en España, por lo que seguro podemos ayudarle con la puesta en marcha de su sociedad. ¡Llámenos!