En artículos anteriores hablamos sobre la formalización de préstamos entre socio y sociedad, y el tipo de interés de estos préstamos. Hoy, desde SBM Sociedades, empresa especialista en la venta de sociedades mercantiles en España le explicamos el régimen fiscal de los préstamos entre socio y sociedad.

 

Régimen fiscal: especificaciones según la forma jurídica

Ya comentamos en nuestro artículo sobre la formalización de préstamos entre socio y sociedad que, la constitución de estos préstamos está sujeta pero:

  • Exenta del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales cuando el socio es una persona física.
  • Exenta al IVA cuando el socio es una sociedad, y de esta forma no conlleva ningún pago por ese concepto.

 

Los intereses devengados por el préstamo entre socio y sociedad se consideran rendimientos de capital mobiliario para el prestamista, estando sujetos a una retención del 19%.

 

Modelos de presentación

De esta forma, el responsable de pagar dichos intereses está obligado a aplicar la retención del impuesto que deberá presentar de forma mensual o trimestral con el Modelo 123. Esta presentación requiere de la alta censal que podemos formalizar con el Modelo 036.

El modelo 123 obliga también a la presentación del Modelo 193 de declaración informativa anual de total de rendimientos de este tipo, pagados en el ejercicio.

No presentar los Modelos anteriormente anunciados puede suponer la apertura de un expediente sancionador con:

  • Una multa de un mínimo de 150 euros.
  • La liquidación de las retenciones con el recargo e intereses de demora correspondientes.

 

En referencia al administrador o socio prestamista, como indica el artículo 46 de la Ley del IRPF, debe incluir en su declaración de la renta estos rendimientos siguiendo las siguientes consideraciones:

  • Art 25.2 de la Ley del IRPF: Los rendimientos obtenidos fruto de cesiones a terceros de capitales propios constituyen la renta del ahorro. Esta consideración la tendrán las contraprestaciones de todo tipo, independientemente de su naturaleza o denominación, dinerarias o no, así como los intereses y cualquier otra forma de retribución acordada como remuneración por tal cesión.
  • Forman parte de la renta general los rendimientos que corresponden al exceso del importe de los capitales propios, cedidos a una entidad vinculada.

 

Si quiere más información sobre el régimen fiscal de los préstamos entre socio y sociedad, puede contactar con nuestros asesores. En SBM Sociedades, como expertos en la venta de sociedades limitadas, sociedades anónimas, y sociedades con antigüedad en toda España, contamos también con servicios complementarios de gestoría y asesoría contable legal y fiscal para empresas.